• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 1172/2023
  • Fecha: 04/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la parte recurrente por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: MARIA CONSUELO URIS LLORET
  • Nº Recurso: 5/2023
  • Fecha: 04/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Es un hecho acreditado que existe un centro coordinador de urgencias y emergencias de ASISA, pues así consta en el propio catálogo del cuadro médico de ISFAS-ASISA. En este caso se dice que la esposa del demandante llamó al Hospital Virgen del Perpetuo Socorro y había un contestador automático, que había tres números y que los tres son de varios números, en definitiva, que no resulta sencillo llamar a urgencias. Esta alegación no puede tener acogida, pues la parte codemandada ha acreditado que los beneficiarios disponen de un número de urgencias, en este caso el NUM000. El demandante es usuario de ASISA, y en el propio libro médico figura en primera página el número de teléfono. También podía haber pedido el recurrente a su hijo que hiciera la llamada, pues manifiesta que acudió al hospital después de recoger a su esposa, es decir, que contaban con la ayuda de su hijo. El interesado optó en su momento por los servicios médicos de ASISA y no de la sanidad pública, lo que podía haber hecho en virtud del concierto de ISFAS con los Servicios Públicos de Salud, por lo que no debía resultarle difícil acceder a las distintas prestaciones y servicios de la entidad. En todo caso, tampoco cuando llegaron al hospital de la sanidad pública intentaron llamar por teléfono los familiares del recurrente al hospital Virgen de la Caridad -centro concertado por la entidad para urgencias domiciliarias- para comunicar la situación e intentar el traslado a ese centro, con los medios de ASISA.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: PILAR YEBRA-PIMENTEL VILAR
  • Nº Recurso: 4310/2024
  • Fecha: 04/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESPIDO DISCIPLINARIO
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: JOSE LUIS BARRAGAN MORALES
  • Nº Recurso: 868/2024
  • Fecha: 04/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Burgos
  • Ponente: MARIA BEGOÑA GONZALEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 155/2024
  • Fecha: 04/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima el recurso de apelación interpuesto revocando la sentencia desestimatoria de la instancia y reconociendo, como situación jurídica individualizada, el derecho de la recurrente a obtener el permiso de residencia de familiar de ciudadano comunitario solicitado con anulación de la resolución denegatoria impugnada. Se deniega dicha autorización, en sede administrativa confirmada, a continuación por la sentencia apelada, al no acreditarse que el solicitante estuviera a cargo de su abuela no probando la existencia de dependencia real y efectiva,al no haber aportado documentación que justifique que durante su permanencia fuera de España la abuela le proporcionara un apoyo económico que fuera fundamental para su subsistencia al no contar con otros ingresos.Máxime cuando, examinada la vida laboral de la abuela durante ese período se comprueba que ha sido perceptora de varios subsidios por lo que difícilmente podía ser el apoyo económico de su nieto.La sentencia apelada confirma dichos argumentos al considerar,de la prueba practicada que el recurrente no acredita depender de su abuela. Se estima el recurso de apelación interpuesto al no haber tomado en consideración que la estancia del recurrente fuera de España,se alargó, con motivo del COVID debiendo valorar, igualmente, el fuerte arraigo con el que cuenta el recurrente en España y que es,su abuela, la que cure todas sus necesidades, quedando acreditado que ésta cuenta con recursos económicos suficientes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL YUSTE MORENO
  • Nº Recurso: 523/2024
  • Fecha: 04/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: ISABEL OLMOS PARES
  • Nº Recurso: 4104/2024
  • Fecha: 04/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESPIDO DISCIPLINARIO
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: MARIA LAURA VEGA PEDRAZA
  • Nº Recurso: 1863/2023
  • Fecha: 04/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: OTROS DCHOS. LABORALES
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: TRINIDAD CUESTA CAMPUZANO
  • Nº Recurso: 2/2024
  • Fecha: 04/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: MARIA PILAR MANZANA LAGUARDA
  • Nº Recurso: 172/2024
  • Fecha: 04/11/2024
  • Tipo Resolución: Auto

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